Derechos
Constituyen derechos de los asociados:
1. Participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto, así como asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los Estatutos.
2. Proponer cuantas sugerencias consideren oportunas a los cargos directivos en aras a un mejor funcionamiento de la Asociación.
3. Ser informados acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
4. Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.
5. A acceder a la documentación de la asociación, a través del órgano de gobierno y representación.
6. Elegir y ser elegido para cargos directivos.
7. A usar los bienes e instalaciones de uso común de la asociación, con respeto a igual derecho del resto de los socios.
8. Disfrutar de todos los derechos que como miembro de la asociación le corresponde, según lo establecido por los organismos y leyes competentes y por las normas estatutarias y de régimen interior.
9. Impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la ey o a los Estatutos.
Obligaciones
Constituyen obligaciones de los socios:
1. Compartir las finalidades de la asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
2. Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada socio.
3. Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
4. Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la asociación.